El Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la iniciativa denominada Ley Agnes, para reconocer el derecho a la identidad de género autopercibida de una persona y rectificaciones permitir tanto de nombre como de género en el acta de nacimiento.
Tras más de diez años de lucha de la comunidad trans y LGBT, este jueves el Pleno avaló el dictamen con 34 votos a favor y seis abstenciones en lo general y también por mayoría aprobada 15 propuestas reformatorias en una discusión que duró poco más de seis horas .
Con la, Puebla se convierte en la entidad número 14 a nivel nacional en reconocer este derecho y se suma a Ciudad de México, Coahuila, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora y Tlaxcala.
La legislación se concretó ante la presión de activistas y el llamado de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que exigieron cumplir los acuerdos firmados en diciembre del año pasado, luego de la toma pacífica del Congreso del Estado.
Durante la discusión, la diputada Rocío García Olmedo pudo modificar y quitar varios del dictamen con la presentación de artículos de propuestas reformatorias, los cuales consideraba inconstitucionales por contener modificaciones de carácter procesal.
La mayoría de diputadas y diputados aprobaron las 15 propuestas reformatorias, luego que la priista exhibió que desde 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los congresos estatales no tienen facultades para legislar en materia procesal civil y familiar, toda vez que esa es competencia del Congreso de la Unión.
La iniciativa presentada por las diputadas de Morena, Estefanía Rodríguez Sandoval y Vianey García Romero, reforma y adiciona el Código Civil para el Estado de Puebla.
La Ley Agnes toma ese nombre en memoria de la activista transexual Agnes Torres Hernández, asesinada el 9 de marzo de 2012, cuyo cuerpo fue abandonado en una barranca en el municipio de Atlixco, hecho que fue catalogado como crimen por homofobia.
Ahora en el estado de Puebla se compró la enmienda, modificación, cambio de nombre y el reconocimiento de la identidad de género autopercibida de una persona.
Dicha identidad se entiende por la condición personal e interna, tal y como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primigenio. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o función corporal, siempre que la misma sea elegida libremente.
El reconocimiento se solicitará y llevará a cabo ante la Dirección del Registro Civil del Estado o ante la autoridad del registro civil del municipio o localidad en donde se haya declarado el nacimiento de la persona solicitante, según su interés y conveniencia.
El artículo 875 Ter señala que para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida, se deberá tener 18 años de edad cumplidos, manifestar el nombre completo y los datos registrales asentados en el acta primigenia, y manifiesta el nombre sin apellidos y el género solicitados.
Además, el artículo 930 señala que “la rectificación o modificación de un acta de estado civil, se hará ante el Poder Judicial y en virtud de sentencia de este; salvo el reconocimiento que voluntariamente haga un padre de su hijo ante el Juez del Registro del Estado Civil correspondiente, o en su caso de reconocimiento de identidad de género autopercibida ”.
Las autoridades del Registro Civil del Estado, dentro del periodo de 90 días hábiles posteriores a la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado, deberán establecer el procedimiento que se requiera para garantizar el ejercicio de este derecho.
La Ley Agnes fue impulsada por la activista transexual y el Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr); en 2016 diputados del PRD, Movimiento Ciudadano y el Partido Verde presentaron la iniciativa de reforma al Código de Procedimientos Civiles, y en la actual legislatura la retomaron José Juan Espinosa Torres y Estefanía Rodríguez.
Fuente: El Sol de Puebla