EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA LANZA SU CONVOCATORIA PARA CANDIDATOS EN LA COORDINACIÓN DE DEFENSA DE LA TRANSFORMACIÓN EN PUEBLA

EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA LANZA SU CONVOCATORIA PARA CANDIDATOS EN LA COORDINACIÓN DE DEFENSA DE LA TRANSFORMACIÓN EN PUEBLA

El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA convoca

Al proceso interno para la designación de la Coordinación de Defensa de la Transformación en Puebla; conforme a lo siguiente:

BASE PRIMERA. Se podrá solicitar la inscripción del registro como aspirante para ocupar la Coordinación ante la Comisión Nacional de Elecciones, en los términos siguientes:

a) A efecto de garantizar al máximo el derecho de participación, la solicitud de registro para la presente convocatoria será en línea.

b) El registro en línea se hará a través de la página de internet: https://registro.morena.app/Convocatorias/

c) El registro se abrirá en el periodo correspondiente de las 00:00 horas del día 25 de septiembre de 2023 hasta las 23:59 horas del día 26 de septiembre de 2023, hora de la Ciudad de México.

d) El sistema de registro emitirá el acuse correspondiente del envío de la solicitud de inscripción para ser registrado en el proceso interno de designación, sin que este documento garantice la procedencia del registro, así como tampoco genera expectativa de derecho alguno, salvo el correspondiente derecho de información.

Por el compromiso definitivo que tiene MORENA por impulsar la participación de las mujeres en espacios políticos y de conformidad con nuestro Estatuto, se cumplirá con el principio de paridad de género en la presente es la representación digital autorizada para su publicación de la Convocatoria del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA para la definición de la Coordinación de Defensa de la Transformación en Puebla, aprobada en la IX Sesión Urgente del 18 de septiembre de 2023.

5 definición de las coordinaciones de Defensa de la Transformación de las entidades federativas.

Asi mismo, garantizará el derecho de participación de las mujeres, hombres y personas con otra expresión de género y/o sexo, de manera que podrán solicitar su inscripción para ser registradas para participar en el proceso de manera libre, habilitando a la Comisión Nacional de Elecciones para tomar las medidas necesarias para garantizar la paridad de género en la definición final de las coordinaciones, tal como lo prevé nuestro Estatuto.

BASE SEGUNDA. La Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes, valorará y calificará los perfiles, con los elementos de decisión necesarios, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Estatuto de Morena, y sólo dará a conocer las solicitudes aprobadas, sin menoscabo que se notifique a cada uno de los solicitantes el resultado de la determinación de manera fundada y motivada, cuando así lo pidan.

BASE TERCERA. Una vez que haya finalizado el periodo de solicitud de inscripción, la Comisión Nacional de Elecciones enviará la lista final al Consejo Estatal de Puebla para que, de entre las personas que solicitaron su inscripción, se pronuncie a favor de cuatro perfiles, de los cuales al menos dos sean de mujeres, para ser considerados en el proceso, esto, para efectos de lo dispuesto en la base anterior.                                                                                                                

El término para la recepción de las propuestas será el 28 de septiembre de 2023.

La Comisión Nacional de Elecciones podrá, en todo momento, determinar la inclusión de perfiles en las encuestas de acuerdo con lo señalado en el Estatuto.

BASE CUARTA. La Comisión Nacional de Elecciones publicará la relación de solicitudes de registro aprobadas, a más tardar el 30 de octubre de 2023.

Todas las publicaciones de registros aprobados y notificaciones relacionadas con el proceso se realizarán por medio de la página de internet: https://morena.org/

Sólo las personas firmantes de las solicitudes de registro aprobadas por la Comisión Nacional de Elecciones podrán participar en las siguientes etapas del proceso.

El registro de las personas aspirantes podrá ser cancelado, o no otorgado, por violación grave a las reglas establecidas en el Estatuto y en esta Convocatoria a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y del Comité Ejecutivo Nacional.

Queda estrictamente prohibido que quienes son aspirantes realicen acusaciones públicas contra el partido, sus órganos de Dirección u otros aspirantes o protagonistas, o en su caso, cometan actos de violencia física contra otros miembros o el patrimonio del partido.

La falta a esta disposición será sancionada con la cancelación del registro de aspirante al cargo interno que pretende ocupar y se dará vista a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.

Asimismo, las personas aspirantes, la militancia y la ciudadanía simpatizante o cualquier otra persona interesada tienen el deber de cuidado del proceso, por lo que deberá estar atenta a las publicaciones de los actos y etapas del proceso a través del sitio de internet referido.

BASE QUINTA Las personas, que pretendan participar en el proceso de designación para la Coordinación de Defensa de la Transformación en Puebla, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Ser mexicano por nacimiento;

2. Ser Ciudadano del Estado en pleno goce de sus derechos políticos;

3. Tener treinta años cumplidos al día 2 de junio de 2024;

4. No ser funcionario de la Federación, del Estado o del Municipio, ni militar en servicio activo o con mando de fuerzas dentro del Estado, a menos que se separe del cargo o servicio cuando menos noventa días antes del 2 de junio de 2024;

5. No ser ministro de algún culto religioso;

6. No formar parte de los órganos electorales del Instituto, salvo que se hayan separado definitivamente un año antes del 3 de noviembre de 2023;

7. No ser Magistrada o Magistrado, Secretaria o Secretario General, Secretaria o Secretario Instructor, o Secretaria o Secretario de estudio y cuenta del Poder Judicial de la Federación, ni del Tribunal, salvo que se hayan separado definitivamente del cargo un año antes 3 de noviembre de 2023;

8. No pertenecer al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que se haya separado del cargo tres años antes del 3 de noviembre de 2023;

9. No haber sido sancionado en sentencia firme, en términos del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla o de la legislación penal, por las conductas y delitos de: violencia política contra las mujeres en razón de género o delito equivalente; violencia familiar; e incumplimiento de la obligación alimentaria; y

10. En caso de ser militante, tener pleno ejercicio de los derechos partidistas y no estar inscrito en el registro de personas sancionadas por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, en su caso.

Es menester precisar que quienes pretendan participar en el proceso de designación deberán acreditar el cumplimiento de las normas constitucionales, legales electorales e internas, así como de los principios éticos de nuestro movimiento.

BASE SEXTA. Queda prohibido el uso de campañas dispendiosas y anuncios espectaculares; uso de recursos públicos de cualquier naturaleza; intervención de servidores públicos en favor o en contra de participantes; la utilización de programas sociales, condicionamientos o coacción en favor o en contra de participantes.

Quienes hayan visto publicidad de su persona en cualquier forma deberán deslindarse pública, política, financiera y jurídicamente, de cualquier tipo de campaña dispendiosa (espectaculares, pinta de bardas, lonas, etc.).

También para llamar enérgicamente a sus simpatizantes a frenar cualquier denuesto y descalificación entre compañeros en redes sociales que pudieran rayar en la guerra sucia que desde siempre hemos combatido y denunciado. Cabe recordar que este tipo de prácticas suelen ser inducidas o auspiciadas por nuestros adversarios con el propósito de dividirnos, debilitarnos o desprestigiarnos.