Sheinbaum propuso reformar la Ley de Amparo para agilizar procesos y evitar que un juez detenga leyes aprobadas por el Congreso

Sheinbaum propuso reformar la Ley de Amparo para agilizar procesos y evitar que un juez detenga leyes aprobadas por el Congreso

La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado una iniciativa para limitar la suspensión de amparo si se considera que al hacerlo se contraviene el interés social o disposiciones de orden público.

La iniciativa busca reformar la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, el Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

La reforma de Sheinbaum busca añadir una definición del concepto de Interés Legítimo, en el artículo 5 de la Ley de Amparo, con base en criterios que ya ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El objetivo, señala el documento, es que facilitaría la justicia para defender intereses colectivos o difusos (como el derecho al medio ambiente) y evitar que se use de manera abusiva y para impugnar normas en general.

La iniciativa propone cambios en la suspensión del acto reclamado, una medida cautelar que permite detener temporalmente el acto de autoridad que se está impugnando mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo.

Busca asegurar que el juez no conceda la suspensión sin evaluar cada caso concreto. Propone que los jueces deben sopesar con cuidado si parece que quien pide el amparo tiene razón y el interés social y el orden público, es decir, el impacto que tendría esa suspensión en la sociedad.

Establece nuevas causas por las que no se puede conceder la suspensión. En el artículo 129 indica que no se otorgarán suspensiones para permitir actividades que necesiten permisos o concesiones si estos han sido revocados o nunca existieron. Así, evitar que la suspensión sirva para operar sin autorización legal.

Señala que no procederá la suspensión si esta permite actividades relacionadas con el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. O también si obstaculiza las actividades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

La propuesta destaca que la suspensión provisional, la primera medida que se da muy rápido, quedaría explícitamente prohibida en estos casos de bloqueo de cuentas por la UIF.

Para justificar esos cambios, la iniciativa argumenta que este recurso está siendo usado para liberar grandes sumas de dinero presuntamente ilícito.

Entre diciembre de 2018 y agosto de 2025, señala, se presentaron más de 3 mil 600 demandas de amparo contra bloqueos de cuentas ordenados por la UIF. Se concretaron mil 407 suspensiones definitivas con las que se desbloquearon fondos equivalentes a 27 mil millones de pesos. En el caso de las sentencias finales que resuelven el fondo del amparo, de acuerdo con el documento, se habrían desbloqueado 32 mil millones de pesos.

La reforma propone que la suspensión no procederá si impide al Estado ejercer sus facultades relacionadas con la deuda pública, ya que se trata de un tema de interés general.

La iniciativa advierte que el órgano jurisdiccional debe dejar a salvo los recursos necesarios para el pago de salarios u otro tipo de obligaciones contraídas con trabajadores, de alimentos o para asegurar la subsistencia de la persona física titular de la cuenta y de sus acreedores alimentarios, así como de créditos fiscales o hipotecarios para vivienda de uso propio, mientras se resuelve el juicio de amparo. Supuestos que deberán quedar acreditados.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser concedida para la disposición de recursos contenidos en cuentas cuya licitud quede acreditada.

El artículo 166 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la reforma reitera que en casos de delitos meritorios de prisión preventiva oficiosa, la suspensión solo tiene el efecto de poner a la persona a disposición del juez de amparo en cuanto a su libertad personal, pero sigue a disposición del juez penal para que el proceso continúe.

Fuente: AnimalPolitico

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