Un tribunal colegiado en Quintana Roo revocó la condena de siete años de prisión impuesta a Juan Sánchez Moreno, excomandante de la Unidad Especializada en Cumplimiento a Mandamientos Judiciales de la Policía Judicial de Puebla, al determinar que no existen pruebas suficientes que lo vinculen al delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho Ribeiro.
Por decisión unánime, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal otorgó un amparo liso y llano, ordenando que, en un plazo de 24 horas, se emita una sentencia absolutoria a favor del exfuncionario.
El fallo, emitido el 4 de julio de 2025, concluye que ni las declaraciones de la víctima ni el dictamen psicológico practicado acreditan que Sánchez Moreno haya ordenado o ejecutado actos de tortura.
“No hay evidencia fehaciente que destruya la presunción de inocencia o demuestre, sin duda razonable, que el acusado instigó a terceros para perpetrar el delito”, afirmó el tribunal.
Se destacó que los actos señalados como tortura fueron realizados por otros individuos, sin pruebas que conecten directamente a Sánchez Moreno como autor mediato.
El caso se origina en 2005, cuando Cacho, tras destapar una red de pederastia, fue detenida en Cancún y trasladada a Puebla, en el trayecto fue torturada por elementos de la entonces Procuraduría de Puebla.
En 2018, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) acusó a Sánchez Moreno y a otras seis personas, incluidos Mario Marín, exgobernador de Puebla, y el empresario José Kamel Nacif, por su presunta responsabilidad en estos hechos.
En mayo de 2019, se dictó auto de formal prisión contra Sánchez Moreno, y en 2020 un juez lo condenó a cinco años y tres meses, sentencia que en 2021 un tribunal de apelación incrementó a siete años y medio, además de inhabilitarlo por 15 años para cargos públicos.
Tras el amparo 76/2022, el tribunal colegiado resolvió que no se acreditó su responsabilidad penal, absolviéndolo por falta de pruebas contundentes. (PSR)